La Constitución de la República de Cuba establece que las Aguas son propiedad estatal, socialista y precisa la protección que brinda el Estado a los Recursos Naturales.
La Ley No 124/2014 de las Aguas Terrestres, recientemente aprobada y puesta en vigor, de conjunto con el reglamento de la misma, Decreto Ley 337/2017, precisa el aprovechamiento y uso racional de las Aguas Terrestres, preservación, saneamiento y protección de las fuentes, cursos naturales e instalaciones hidráulicas.
De ahí que las funciones de la DPRH-VC son: dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del estado y del gobierno en cuanto a la planificación, control y protección de los recursos hídricos.
Misión de la DPRH – VC : Hacer cumplir las leyes y toda la base jurídica en relación con los recursos hídricos e hidráulicos, el medio ambiente, la optimización en la explotación de la infraestructura creada, para asegurar una eficiente utilización del agua en función del desarrollo social y económico sostenible en la provincia.